ARCA creó la Clave Inversores Exterior (CIE)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió la «Clave Inversores del Exterior (CIE)». Cómo es el paso a pasa para poder acceder desde el sitio web y qué información se solicita tanto de la persona humana como la entidad.

CNV

En medio del escándalo por la criptomoneda LIBRA, y a pedido de la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió la Clave Inversores del Exterior (CIE). Cómo es el paso a paso para acceder.

Por medio de la Resolución General 5650/2025 que se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial, con firma del subdirector general Institucional, Agustín Rojo, se definió cómo tienen que estar registrados quienes pretendan realizar inversiones financieras en el país y no tengan clave asignada.

«La CNV ha expresado la oportunidad y conveniencia de ampliar los alcances (…). Considerando, haciéndolo extensivo a aquellas personas humanas residentes en el exterior que manifiesten idéntica intención a la allí mencionada, facilitándoles así el acceso al mercado de capitales», destacaron en el Considerando.

Aunque bajo el criterio del artículo 24.3 de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, en relación a las jurisdicciones o países identificados por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo o Bajo Monitoreo Intensificado.

Así, la mano derecha del titular de la ARCA, Rojo fijó que cuando una persona humana, persona jurídica, agrupación no societaria y/o cualquiera otro ente colectivo, residente en el exterior que pretenda realizar inversiones financieras en el país y no posea clave asignada deberán solicitar la Clave de Inversores del Exterior (CIE).

«La entidad financiera del país y/o el agente financiero autorizado y registrado en la CNV actuará en carácter de representante del sujeto del exterior, al solo efecto de tramitar la referida Clave de Inversores del Exterior (CIE).», establecieron en el artículo 1.

El paso a paso

Para acceder a la CIE, se deberá presentar la documentación de respaldo en el servicio web de ARCA en la solapa «Clave de Identificación Especial», opción «Solicitud de Clave de Inversores del Exterior – CIE». Donde se requerirán datos tanto de la persona humana como de la jurídica, agrupación no societaria y/o cualquier otro ente colectivo.

«Por medio de dicho servicio «web» se indicará la persona humana que actuará como «Administrador de Relaciones Apoderado», quien deberá poseer Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)», fijaron en el artículo 2.

Respecto a la primera, deberá detallar el apellido y nombres; país y domicilio de residencia; número de identificación fiscal en su país de residencia; y un archivo digital con el documento de identidad del exterior y del acto expreso de delegación del «Administrador de Relaciones Apoderado».

Mientras que, de la jurídica, agrupación no societaria y/o cualquier otro ente colectivo se tendrá que definir el tipo de entidad; la denominación; país y domicilio de residencia; número de identificación fiscal en su país de residencia; la actividad principal; el apellido y nombres de los representantes

Como también un archivo digital con el documento que acredite la constitución de la entidad en idioma original y su traducción al español y del acto expreso de delegación del «Administrador de Relaciones Apoderado».

Fuente: www.cronista.com

Normativa: RG 5650/2025 ARCA

Monotributo: ARCA lanzó un monitor que alerta cuando se está por pasar de categoríaARCA baja la tasa de interés