El Gobierno dio por iniciado el acuerdo de intercambio de información fiscal con los Estados Unidos
La Cancillería publicó la puesta en marcha oficial del tratado con la Casa Blanca. Los datos masivos de ciudadanos argentinos con cuentas en ese país llegaría en septiembre de 2024
El Gobierno dio por iniciado ayer el acuerdo de intercambio de información fiscal con los Estados Unidos tras la publicación del tratado firmado con el fisco norteamericano, lo que le permitirá al Estado nacional contar con datos de ciudadanos argentinos con cuentas en ese país a partir de septiembre del año próximo.
La Cancillería argentina difundió este lunes el convenio rubricado con el Gobierno de los Estados Unidos en el Boletín Oficial y puso así fecha de inicio formal al acuerdo de intercambio masivo de información tributaria para que la AFIP tenga a disposición datos sobre cuentas de argentinos en el sistema bancario norteamericano.
La publicación vino acompañado con un aviso de que en los próximos días “deberá prepararse un texto en idioma español, que será considerado igualmente auténtico tras un intercambio de notas diplomáticas entre las Partes que confirme su concordancia con el texto en idioma inglés”. Según analizaron tributaristas consultados por Infobae, este aviso implicaría el inicio concreto del convenio bajo el modelo FATCA.
En concreto, la letra chica del convenio prevé que las entidades financieras de los Estados Unidos quedarán obligadas a informar los siguientes datos:
-Nombre, dirección y CUIT argentino de cualquier persona residente en Argentina y Titular de la cuenta
-El número de cuenta (o el equivalente funcional en ausencia de un número de cuenta)
-Nombre y número de identificación de la Institución Financiera de Estados Unidos sujeta a reportar
-Cantidad bruta de intereses pagados en una Cuenta de Depósito
-Monto bruto de los dividendos de origen estadounidense pagados o acreditados en la cuenta
-Cantidad bruta de otros ingresos de fuente estadounidense pagados o acreditados en la cuenta, en la medida en que estén sujetos a informes según el capítulo 3 del subtítulo A o el capítulo 61 del subtítulo F del Código de Impuestos Internos de EE.UU.
Una cuestión que generó discusión fue la de los tiempos de llegada de la información a la AFIP. El convenio estipula que “la información de este Acuerdo se intercambiará a más tardar nueve meses después del final del año calendario al que se refiere la información o el próximo 30 de septiembre después de que entre en vigor la obligación de la Parte de intercambiar información conforme al Artículo 2″. De esa manera, la primera oleada de información masiva llegaría al fisco argentino en septiembre de 2024, con fecha de corte en septiembre de este año.
Con la publicación de este lunes en el Boletín Oficial terminará así el proceso de preparación del convenio que firmaron el ministro de Economía Sergio Massa y el embajador norteamericano Marc Stanley el 5 de diciembre pasado en el Centro Cultural Kirchner.
Desde ese momento, durante el último mes del año la AFIP y su contraparte en el Tesoro de los Estados Unidos terminaron de definir la letra chica del acuerdo, que se trata de un modelo IGA 1 como el que la Casa Blanca ya firmó con otra centena de países en los últimos años, y pusieron ambas partes sobre la mesa la definición de términos técnicos para que el flujo de información hable “el mismo idioma” en ambas direcciones.
También hubo un trabajo de validación de seguridad, ya que este tipo de convenios exige estándares de máxima exigencia para evitar filtraciones de información, y también un proceso de adaptación del sistema bancario local para que puedan enviar la IRS la información de contribuyentes estadounidenses con cuentas en la plaza bancaria doméstica.
“El acuerdo incluye a los 50 Estados norteamericanos, incluidos Delaware y Dakota del Sur. Estados Unidos únicamente excluye de su definición de territorio a: Samoa Americana, Guam, las Islas Mariana del Norte, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos. Obligaciones de las partes de obtener e intercambiar información con respecto a cuentas declarables: cada parte se obliga a obtener la información indicada, con respecto a todas las cuentas declarables y debe intercambiarla anualmente de manera automática”, explicaron fuentes oficiales.
En el Gobierno aseguran que, antes de que comience el flujo masivo de información, la AFIP buscará datos puntuales sobre algunos de los contribuyentes argentinos en los Estados Unidos, tal como ya venía haciendo este año, en el que se contaron unos 68 casos durante 2022.
“La AFIP estableció que la información debe ser remitida por las entidades financieras hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el reporte. De esta forma, el organismo enviará la información al Internal Revenue Service (IRS) como máximo hasta el 30 de septiembre de cada año”, detalló el organismo en su resolución general publicada este viernes.
Fuente: www.infobae.com
Normativa: Aviso oficial publicado en el BORA (02/01/2023), RG 4056/2017 AFIP