AFIP pide a importadores justificar con qué van a pagar

importadores

Como si no existiera la cuenta corriente, la AFIP exige a los importadores que justifiquen los fondos para pagar las compras que ya no puede frenar. Cuando las trabas formales no bastan y no tiene más remedio que aprobar una importación, la AFIP todavía pide al importador que «acredite el origen de los recursos patrimoniales que justifiquen o avalen las operaciones registradas», como si fuera a pagar al contado.

En realidad, «esta situación refleja un total desconocimiento por parte de AFIP sobre el funcionamiento del comercio internacional, donde un importador puede recibir mercadería en cuenta corriente para ser abonada dentro de cierto plazo, sin la necesidad de contar con los fondos al momento de la operación», explicó Diego Mazzaroni, de MR Consultores.

Todos los meses se cierra más la canilla

Desde mediados de enero, a través distintas normas, el Gobierno aprieta el cepo al dólar para los importadores. La novedad de ese mes fue el régimen de SIMPES, una declaración jurada previa a la AFIP para la aprobación del pago de servicios recibidos del exterior.

«A partir de febrero, pareciera haberles llegado el turno a los importadores de bienes, ya sea de insumos para la industria como también de productos terminados para reventa», indicó Mazzaroni.

«En este caso, las restricciones se acentuaron sin la aparición de nuevas normas en la materia, sino que fuero a través de una combinación de reglamentaciones que ya estaban vigentes», dijo el experto, y enumeró:

RG (AFIP) 3823/2015: a finales de 2015, se creó el «Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones» (SIMI) mediante el cual los importadores deberán ingresar los datos con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo. Mediante este procedimiento, se generan las autorizaciones previas para poder despachar mercadería importada a plaza.

RG (AFIP) 4294/2018: que aprueba el Sistema de Capacidad Económica Financiera (Sistema CEF), como uno de los instrumentos para la gestión de riesgos en materia de administración tributaria, impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

Aprobaciones previas que no llegan

«Hasta ahora, existían importadores que no tenían generado un certificado en el Sistema CEF, lo cual hasta ahora no generaba impedimento alguno para la validación del SIMI«, afirmó Mazzaroni».

«Pero, desde este mes, el sistema de aprobación de las SIMI empezó a validar de forma aleatoria, ya que no ocurre en todos los casos, cual es la capacidad económica financiera «CEF» de los importadores de bienes a fin de aprobar la solicitud de SIMI«, sostuvo.

«Esto generó la necesidad, por parte de estos importadores, de verificar su situación en el sistema CEF. En el caso que la misma sea insuficiente para la aprobación de la SIMI, deberán pedir un reproceso de la capacidad informada», comentó, pero agregó que «hay casos con valores de hace varios años sin que se hayan actualizado en forma automática».

«De lo contrario, se debe hacer una presentación digital de disconformidad, que es un trámite mediante el cual deben justificarse los motivos por el cual el importador entiende que su clasificación es incorrecta y aportar la documentación que considere necesaria», aclaró Mazzaroni.

«Finalmente, hay casos en los que, habiéndose aprobado el SIMI, la AFIP envía requerimientos a ser contestados en 72 horas para que el contribuyente «acredite el origen de los recursos patrimoniales que justifiquen o avalen las operaciones registradas», en referencia a las autorización que ya han sido aprobadas por el sistema«, relató.

«Esta situación refleja un total desconocimiento por parte del fisco acerca del funcionamiento del comercio internacional, en donde un importador puede perfectamente recibir mercadería en cuenta corriente para ser abonada dentro de cierto plazo, sin la necesidad de contar con los fondos al momento de la operación«, concluyó Mazzaroni.

Fuente: www.iprofesional.com

Normativa: RG (AFIP) 3823/2015RG (AFIP) 4294/2018

Despidos e indemnizaciones en 2022Beneficiario final – Definición