Bienes Personales y Ganancias - Presentaciones 2016

Del 12 al 16 de junio, vencen las presentaciones de los contribuyentes que se encuentran inscriptos en los impuestos.

Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos dejó trascender ante entidades profesionales, las pautas para confeccionar las declaraciones juradas de los próximos vencimientos de Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias.

Del 12 al 16 de junio, vencen las presentaciones de los contribuyentes que se encuentran inscriptos en los impuestos y de los que deben ingresar un saldo a favor de la AFIP. El 30 del mismo mes vence la presentación de las declaraciones juradas informativas (sin impuesto) para los empleados que hayan obtenido ingresos brutos anuales iguales o superiores de $ 500.000, durante el año 2016. Para Bienes Personales regirá el nuevo mínimo exento de $ 800.000 y la alícuota del 0,75%; que deberá aplicarse sobre el monto excedente de los activos gravados que supere el tope.

Algunas aclaraciones de la AFIP:

– Si una persona cedió en usufructo un inmueble a su hijo pero luego lo incluyó en su propio blanqueo, deberá declararlo en Bienes Personales y también volverlo a registrar a su nombre.

– Las cuentas especiales que fueron abiertas al declarar dinero en el blanqueo están exentas, al 31 de diciembre de 2016, en Bienes Personales.

– Las personas y las empresas que blanquearon bienes deberán considerar la fecha de preexistencia como el momento del ingreso de los activos a su patrimonio, y a partir de ahí amortizarlos. La fecha de preexistencia del blanqueo fue: para las empresas el 31/12/15 y para las personas el 22/7/16.

– Los contribuyentes inscriptos en Bienes Personales que adhirieron al beneficio de cumplidores de la ley 27.260, a pesar de no tener que pagar el impuesto por los próximos tres años, igualmente tendrán que presentar la declaración jurada impositiva, tildando un casillero para no tener que ingresar el saldo del impuesto.

– Los inmuebles que fueron exteriorizados deberán valuarse en Bienes Personales al valor de mercado declarado en el blanqueo.

– El Impuesto especial abonado por ingresar al Régimen de Exteriorización no podrá descontarse en el Impuesto a las Ganancias, por considerárselo como una multa.

Los nuevos programas:

Los que se presentaron en el blanqueo deberán utilizar el programa que funcionará desde la página web de la AFIP, denominado “Bienes Personales Web”. Este nuevo programa estará disponible a partir del 29 de mayo próximo.

Los que no adhirieron al blanqueo podrán utilizar, opcionalmente, el programa “On Line” o el nuevo aplicativo que funcionará desde la plataforma SIAP que tiene el contribuyente en su computadora.

Para el Impuesto a las Ganancias habrá una nueva versión del aplicativo SIAP, que estará disponible, según la AFIP, desde el 15 de mayo.

Las declaraciones juradas informativas sin pago, de los empleados, se tendrán que presentar para Bienes Personales de la siguiente manera: a) los que adhirieron al blanqueo, utilizando el programa “Bienes Personales Web”; y los que no “sinceraron” mediante la nueva versión del aplicativo SIAP. En cuanto al Impuesto a las Ganancias podrán optar entre la versión que funciona bajo el programa SIAP o con el nuevo sistema simplificado, que estará disponible a partir del 12 de junio.

A pesar de ser estrecho el plazo en que estarán disponibles los nuevos programas y las fechas de vencimiento, la AFIP informó que no se encuentra prevista una prórroga de los vencimientos; ahora habrá que ver si eso realmente ocurre.

Fuente: www.clarin.com

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