Compre sin IVA

IVA

Cómo acceder a la web que dice si te corresponde el descuento

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio inicio al programa «Compre sin IVA», el cual facilita la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la adquisición de productos que componen la canasta básica, estableciendo un límite mensual de $18.800 por individuo, dependiendo de su CUIT o CUIL.

En su jornada inaugural, la AFIP presentó una plataforma en línea que permite a los potenciales beneficiarios verificar si serán acreedores de este reintegro. Esta ventaja es aplicable a compras realizadas a través de tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas mediante códigos QR, vinculadas a cuentas bancarias en entidades financieras.

El reintegro se acumulará junto con las promociones bancarias, dado que, por el momento, se aplica al monto total de la compra. La cantidad correspondiente se acreditará de manera automática en la cuenta bancaria del contribuyente 48 horas después de efectuada la transacción.

De acuerdo con las estimaciones de la AFIP, esta medida, establecida a través de la Resolución General N5418/2023 publicada en el Boletín Oficial este lunes, beneficiará a más de 20 millones de personas.

¿Cómo se puede verificar si uno tiene derecho a la devolución del IVA?
La AFIP puso a disposición una página web para esta consulta, accesible a través del siguiente enlace

Una vez en la plataforma, se debe ingresar la CUIL o CUIT sin utilizar guiones ni espacios, y completar el código de seguridad solicitado. Posteriormente, se debe hacer clic en «consultar».
Esta medida beneficiará a trabajadores que perciban salarios de hasta $708.000, jubilados y pensionados con ingresos de hasta seis haberes mínimos, trabajadores domésticos, titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo, y monotributistas «puros». El reintegro será equivalente al 21% de sus gastos en alimentos, bebidas, frutas, verduras, carnes y productos de higiene personal realizados con tarjetas de débito.

Quienes quedan excluidos del régimen de reintegro las personas
La AFIP también anunció que quedan excluidas del régimen de reintegro las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, a menos que dicha obligación no provenga exclusivamente de la posesión de una vivienda única, así como los trabajadores autónomos.

Recientemente, Carlos Castagneto, titular de la AFIP, detalló el procedimiento a seguir. En este contexto, señaló que durante los primeros 15 días, el reintegro se aplicará al monto total del ticket de compra. Pasado ese período, se implementará un sistema de discriminación entre productos de la canasta básica y productos generales.

Esta medida estará en vigor hasta el 31 de diciembre, aunque el Poder Ejecutivo enviará un proyecto de ley al Congreso para prolongar este beneficio en el tiempo, incluyendo la actualización automática del límite mensual de reintegro, el cual se ajustará al 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) para una familia de cuatro integrantes.

Monotributistas: quiénes no tendrán acceso al reintegro del 21%
En el caso particular de los monotributistas, no tendrán acceso al reintegro del 21% en las compras que se detallan en el artículo 1, inciso f, de la Resolución General de la AFIP N4676. Esto se refiere a aquellos que obtienen ingresos derivados de:

a) Cargos públicos.

b) Trabajo asalariado.

c) Jubilaciones, pensiones o retiros de regímenes nacionales o provinciales.

d) Dirección, administración y/o conducción de sociedades.

e) Inversiones financieras, compra y venta de valores mobiliarios, y participación en utilidades de sociedades.

f) Alquiler de bienes muebles o inmuebles.

Sin embargo, en el caso de los tres primeros incisos, los monotributistas podrán ser incluidos si sus ingresos totales (sumando los provenientes del monotributo) no superan los parámetros establecidos, que son un máximo de 6 haberes mínimos para jubilaciones y un tope de 6 Salarios Mínimos Vitales y Móviles para empleados.

Según estimaciones de la AFIP, esta medida beneficiará a más de 2,3 millones de monotributistas «puros».

Fuente: www.cronista.com

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