En el ecosistema económico actual, la inversión privada es el motor fundamental para el crecimiento. Para apuntalar a las micro, pequeñas y medianas empresas, se encuentra plenamente operativo el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI).
Este régimen funciona en la práctica como un «mini RIGI», ofreciendo un marco de previsibilidad y competitividad fiscal muy atractivo para proyectos productivos que muchas veces quedaban fuera de los grandes esquemas de incentivos.
A continuación, analizamos los aspectos más importantes, los beneficios, el funcionamiento del nuevo sistema de carga y el entramado legal vigente que todo asesor contable y empresario debe conocer.
¿Qué es el RIMI y a quiénes está dirigido?
El RIMI es un programa de estímulo fiscal diseñado específicamente para MiPyMEs de todos los sectores productivos que realicen inversiones en bienes de capital (nuevos o importados) y obras de infraestructura en el país.
Para acceder, las empresas deben contar con el Certificado MiPyME vigente al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal donde se realice la primera inversión. Además, deben estar debidamente categorizadas ante la autoridad fiscal como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (Tramos 1 y 2).
Marco Normativo Exacto: El Respaldo Legal
Para el análisis técnico y el correcto encuadre en nuestros papeles de trabajo, la pirámide jurídica que regula el RIMI se compone de las siguientes disposiciones fundamentales:
* Ley de Origen: Creado bajo el Título XXIII de la Ley N° 27.802 (Modernización Laboral).
* Reglamentación del Poder Ejecutivo: Decreto N° 242/2026 (publicado el 13 de abril de 2026), que fijó los requisitos, el plazo general de ejecución de las inversiones (2 años) y las pautas operativas macro.
* Normativa Conjunta: Resolución General Conjunta N° 5.849 (SE-SAGyP-ARCA).
* Resolución de Implementación Operativa: Resolución General (ARCA) N° 5.889/2026. Esta norma puso en marcha oficial el sistema informático y definió el procedimiento digital definitivo para la solicitud de los beneficios.
Montos Mínimos de Inversión
El piso requerido para ingresar al régimen se segmenta estrictamente según el tamaño de la empresa, medido bajo la categorización de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa:
* Microempresas: Inversión mínima desde USD 150.000.
* Pequeñas empresas: Inversión mínima desde USD 600.000.
* Medianas empresas (Tramo 1): Inversión mínima desde USD 3.500.000.
* Medianas empresas (Tramo 2): Inversión mínima desde USD 9.000.000.
La excepción a la regla
Los proyectos enfocados en eficiencia energética, sistemas de riego, mallas antigranizo o bienes semovientes cuentan con un beneficio exclusivo: no tienen un monto mínimo exigido, facilitando la modernización tecnológica sustentable sin barreras de escala.
Los Beneficios Fiscales Más Relevantes
El impacto financiero del RIMI se centra en optimizar el flujo de caja en las etapas tempranas del proyecto a través de dos ventajas principales (las cuales, vale aclarar, pueden seleccionarse en paralelo y no son excluyentes entre sí):
- Amortización Acelerada en Ganancias: Los bienes muebles amortizables adquiridos y las obras de infraestructura realizadas bajo el proyecto aprobado se pueden deducir en el Impuesto a las Ganancias en un plazo de tan solo 1 año (un ejercicio fiscal), en lugar de los esquemas plurianuales habituales.
- Devolución Anticipada de IVA: Los créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado generados por la compra, fabricación o importación definitiva de los bienes de capital del proyecto se devuelven de forma anticipada a los 3 meses de su facturación, evitando el costo financiero de acumular saldos a favor inmovilizados.
El Nuevo «Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)» de ARCA
A partir de la RG 5889/2026, la gestión se realiza de forma digital mediante el servicio «Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)».
Requisitos y operatoria principal:
* Se requiere CUIT activo, alta impositiva, domicilio fiscal electrónico y datos actualizados (CLAE).
* La registración inicial define el inicio de inversiones (desde el 6 de marzo de 2026).
* El sistema cruza comprobantes electrónicos disponibles en ARCA hasta el 19 de mayo de 2028, los cuales deben clasificarse para seleccionar los beneficios y gestionar presolicitudes de IVA antes del trámite definitivo en el SIR.
