La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales y, de corresponder su pago, para el período fiscal 2015.
El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.
Fuente: AFIP
¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
Impuesto a las Ganancias:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).
Impuesto sobre los Bienes Personales:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Si al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que -valuados según la normativa vigente- superen los 305.000 pesos.
Gran Hermano fiscal
Complementariamente, el fisco nacional ya subió en su página web la información relativa a la liquidación de las declaraciones juradas anuales en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
Puntualmente, cada contribuyente, ya puede consultar la declaración jurada del ejercicio anterior y los bienes registrables, como automóviles o inmuebles, que figuran en la base de datos de la AFIP, o los depósitos bancarios.
Para acceder a los datos con los que cuenta el organismo a cargo de Alberto Abado, no es necesario adherir al servicio online, ya que aparece entre las primeras opciones al ingresar a la página web con el número de CUIT y la respectiva clave Fiscal.
Ingresando al Servicio denominado «Ganancias y Bienes – Nuestra Parte», se puede consultar la información correspondiente a Bienes Personales y Ganancias de cuarta categoría con la que cuenta la AFIP para confeccionar la declaración jurada anual 2015.
Entre los datos, se destaca:
- Inmuebles.
- Automotores.
- Depósitos en dinero.
- Plazos fijos.
- Títulos públicos y privados.
- Compra/Venta divisas.
- Remuneraciones, jubilaciones y pensiones cobradas.
- Retenciones del Impuesto a las Ganancias.
Desde el fisco nacional, dejan en claro que esta información puede ser parcial.
Con la lupa encima
A pocos días de los vencimientos anuales de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, la AFIP ya comenzó a enviar notificaciones a 1,1 millón de personas físicas para recordarles que deben presentar la declaración jurada.
Los avisos llegan por teléfono, e-mail o a través de la “ventanilla electrónica” para los contribuyentes que acceden a la página web de la AFIP con su clave fiscal.
Asimismo, el organismo de recaudación enviará una notificación a quienes no hayan presentado su declaración jurada del Impuestos sobre los Bienes Personales por el período 2014 o 2015 y se encuentre dentro de al menos uno de los siguientes parámetros:
- Tengan automóviles valuados en más de 300.000 pesos.
- Remuneraciones brutas anuales superiores a 500.000 pesos.
- Posean inmuebles adquiridos durante el 2015 valuados en más de 300.000 pesos.
De esta manera, la AFIP presenta un seguimiento personalizado a días del vencimiento de las declaraciones juradas anuales en Ganancias y Bienes Personales. (http://www.iprofesional.com/)