Lebac no pagan Ganancias ni Bienes Personales

El ente recaudador aclaró que la normativa establece que para personas físicas la tenencia y rendimiento de títulos públicos «están exentos» de ambos impuestos, pues son instrumentos de regulación monetaria.

Lebac - Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dictaminó ayer que las Lebac son títulos públicos y, por lo tanto, que sus compradores no deben pagar los impuestos a las ganancias y a los bienes personales sobre esa inversión. Así lo informó la AFIP, al precisar, luego de un intercambio de ideas con el Banco Central, que se decidió conservar su criterio original al considerar estas demandadas letras del BCRA títulos públicos.

La duda se había originado por una consulta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) porteño, que le había preguntado al Central si los tenedores de Lebac debían tributar impuestos nacionales o no. Aunque en un primer momento el Central indicó que no se trataba de títulos públicos, y por lo tanto deberían estar gravadas, ahora acordó con la AFIP mantener la exención.

En un comunicado, la AFIP informó que «las operaciones con Letras y Notas del Banco Central (Lebac y Nobac) no están alcanzadas por los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, tanto para personas físicas como sucesiones indivisas». «La normativa vigente establece que para personas físicas tanto la tenencia como el rendimiento de los títulos públicos están exentos», explicó el organismo. «En tal sentido, la AFIP considera a las Lebac y Nobac como títulos públicos. Son instrumentos de regulación monetaria emitidos por el BCRA», agregó el organismo fiscal.

La decisión de la AFIP tiene fuerte impacto en el mundo inversor, ya que las Lebac se transformaron en el instrumento estrella del mercado financiero. Ya no sólo son buscadas por expertos, sino que cada vez más inversores minoristas las demandan a través de bancos y sociedades de Bolsa. Con una tasa de 37,5% anual a 35 días (según la última licitación), prácticamente no hay opción financiera que les compita. Un plazo fijo bancario a 35 días en pesos está pagando, por ejemplo, casi 10 puntos menos.

«Si eran gravadas, la tasa de Lebac te quedaba en un 20% de rentabilidad, no es para nada atractiva», dijo Gustavo Neffa, de Research for Traders. «Esto nació como mercado mayorista y para bancos. Pero desde diciembre los minoristas pueden comprar Lebac. Hoy, el 5% de las licitaciones son minoristas que compran en forma directa, pero también hay quienes las compran en forma indirecta vía bancos», agregó.

De acuerdo con la normativa vigente, los títulos públicos no están gravados si están en poder de individuos, pero sí cuando quienes los compran son empresas. «Para las empresas, los títulos están gravados en todo: el resultado de la venta de los bonos, la renta y la exposición, si tienen que pagar ganancia mínima presunta», explicó el tributarista César Litvin. «En cambio, para las personas físicas, los títulos están exentos en Ganancias y en Bienes Personales. En Ganancias, la renta de los títulos públicos y el resultado de la compraventa. Y en Bienes Personales, la tenencia también», aclaró.

Sobre las razones por las que se gravan los salarios -o las indemnizaciones- y no la renta financiera, dijo que «los capitales vuelan hacia donde mejor los tratan, por lo que todos los países tienden a eximir la renta financiera, mientras que los trabajadores son rehenes en la sociedad donde viven».

La AFIP, ya en la resolución 3835 -en la que se informan los valores de los bienes para la liquidación de Bienes Personales-, agrupa a las letras del BCRA en la categoría de «títulos públicos». «Si la AFIP los considera en una resolución, me está dando una señal clara. Y si voy al artículo 20 de la ley de Ganancias, en el inciso h están exentos los intereses originados en otras formas de captación de fondos del público, que es lo que son las Lebac», concluyó.

Fuente: http://www.lanacion.com.ar

 

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