La AFIP devolverá en cuotas los recargos por compras con tarjeta

Fuente: http://www.lanacion.com.ar

Con cuatro años de demora, finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó ayer un plan de pagos en cuotas para devolverles a quienes no están inscriptos en los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales el dinero que les retuvo a cuenta de esos tributos cuando efectuaron compras de dólar ahorro y consumos con tarjeta en moneda extranjera.

Entre 2012 y hasta la vigencia del cepo, en diciembre pasado, la AFIP retenía el 20% a quienes compraban dólares para ahorro y el 35% a los que consumían en moneda extranjera o compraban paquetes turísticos.

En la AFIP señalan que con los pagos de una sola cuota ya se habrá saldado la deuda del 52% de las personas que reclamaron. «Es una mezcla complicada de una ineficiencia cambiaria que se la quiso resolver con mecanismos de carácter tributario, y un incumplimiento de la administración tributaria», dijo Alberto Abad, jefe de la AFIP, en una conferencia de prensa junto con el número uno de la DGI, Horacio Castagnola.

Quienes no hubiesen hecho el trámite hasta ahora podrán en los próximos días iniciar el reclamo para lo acumulado entre 2012 y 2014.

Para todos los que deban iniciar el trámite y aún no tienen CUIT, será necesario primero acercarse a una agencia de la AFIP con el formulario F460/F (se obtiene por Internet) por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara, registrar sus datos biométricos (foto, firma, etc.) y poseer una clave fiscal de nivel de seguridad 3 (se obtiene en la web de la AFIP y sirve para después operar desde ahí).

Para el resto, el trámite será exclusivamente por Internet. Ante todo -algo que nunca se había aclarado anteriormente- se deberá registrar en la página de la AFIP el número de CBU (clave bancaria uniforme) de la cuenta bancaria en la que se podrán luego acreditar los fondos. Para ello se debe acceder por la web al servicio «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de seguridad social». Y luego llenar el formulario F746/A.

Además, en la AFIP sugieren que los contribuyentes inscriban un domicilio fiscal electrónico (también en la página de la AFIP), para seguir a través de esa vía de comunicación el estado de su trámite, conocer la fecha de pago e informarse si existe alguna deuda pendiente. La AFIP no hará devoluciones a quienes tengan deudas con el organismo. En esos casos se deberá regularizar antes los pagos. Según explican, son muchos los ciudadanos que podrían tener que pagar Ganancias y no están al tanto o no lo están haciendo.

La AFIP comunicará a quienes inscriban un domicilio fiscal electrónico días antes de la fecha correspondiente de pago si existen o no deudas, o el estado de cada trámite.

En la AFIP recordaron que quienes trabajan en relación de dependencia, el empleador les devolverá con el sueldo de marzo la percepción en exceso sobre lo que deberían tributar por Ganancias. Según confiaron en la AFIP, hay un universo de gente que nunca pidió la devolución, que incluye monotributistas y asalariados, que sumaría entre 15.000 y 20.000 millones de pesos. Intuyen que en muchos de estos casos se trata de individuos que eligieron no hacer reclamos por temor o porque sus consumos exceden sus ingresos en blanco.

Los pasos para presentar el reclamo

Deudas incluidas

Los monotributistas no inscriptos en Bienes Personales y quienes no paguen ese impuesto ni Ganancias podrán reclamar la devolución de lo retenido entre 2012 y 2014. Los reclamos de 2015 podrán hacerse después de junio

Cuotas

Los reintegros de hasta $ 6000 se harán en un solo pago. Los montos mayores se pagarán en cuotas de hasta $ 6000. Las fechas de pago serán 16 de febrero, 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio

Deuda acumulada

La AFIP calcula que los reintegros no pagados suman $ 1500 millones, de los cuales 1230 millones corresonden a la deuda 2012/2014

Plazos

Hasta ahora sólo 133.500 contribuyentes reclamaron la devolución del impuesto. Quienes no lo hicieron, podrán presentarse en la AFIP para pedir el reintegro por el periodo 2012-2014

Registro

Quienes no tienen CUIT, deberán iniciar el trámite en la AFIP con el formulario F460/F por duplicado y DNI, registrar sus datos biométricos y sacar la clave fiscal en la web

Clave bancaria

Los que tienen CUIT deberán registrar en la página de la AFIP una CBU, para que el organismo deposite el reintegro en esa cuenta. También hay que incribir un domicilio fiscal para seguir el trámite vía web

Deudas, al día

Para poder cobrar, el contribuyente deberá tener pagos todos sus compromisos con la AFIP

$ 1500

Millones

Es la suma que, calcula la AFIP, se les debe a los contribuyentes que sufrieron retenciones a cuenta de Ganancias estando exentos

133.500

Contribuyentes

Es la cantidad de reclamos que recibió hasta ahora la AFIP para que devuelva los importes mal retenidos

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