Modificaciones en Impuestos Internos

Introducción

El entramado de los Impuestos Internos en Argentina ha sido históricamente un foco de debate debido a su impacto directo en los costos de producción y en los precios al consumidor final. En línea con la política de desregulación económica y simplificación tributaria, el Poder Ejecutivo Nacional implementó cambios sustanciales aplicables a partir de abril de 2026. Estas modificaciones buscan aliviar la carga impositiva sobre sectores clave como la telefonía celular, la contratación de seguros y la comercialización de bienes de alto valor, conocidos técnicamente como objetos suntuarios.

El nuevo escenario para la telefonía celular y seguros

Uno de los impactos más significativos para el consumo masivo y corporativo es la reducción del gravamen a los servicios de telefonía celular. La alícuota general, que encarecía los abonos y consumos particulares y empresariales, sufrió una reducción drástica con el objetivo de abaratar los costos de conectividad, considerados hoy un insumo básico para cualquier actividad económica.
Por otro lado, la eliminación de los Impuestos Internos sobre las primas de seguros representa un alivio directo para el costo de protección de activos. Las empresas e individuos verán una reducción en el costo final de las pólizas de automotores, combinados familiares, e integrales de comercio, promoviendo indirectamente una mayor previsibilidad y formalización de la cobertura de riesgos.

Objetos suntuarios y la simplificación registral

La eliminación del impuesto sobre los objetos suntuarios (que alcanzaba a bienes de lujo como embarcaciones deportivas, aeronaves particulares, joyas y alta relojería) responde a una lógica de reactivación comercial y simplificación administrativa. Este tributo demandaba un alto costo de fiscalización para el organismo recaudador en comparación con su baja participación en el total de los ingresos públicos. Al dejarlo sin efecto, se busca dinamizar estos mercados específicos y reducir los regímenes de información obligatorios para los intermediarios.

Cita y Fundamento Normativo

Estas medidas se instrumentaron a través de las facultades delegadas y los decretos de necesidad y urgencia ratificados por el Congreso, formalizados mediante el Decreto (PEN) N° 284/2026 (Boletín Oficial), el cual introdujo las modificaciones de alícuotas y exenciones al texto ordenado de la Ley de Impuestos Internos N° 24.674 y sus modificatorias. Asimismo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictó la Resolución General Conjunta N° 5840/2026, adecuando los sistemas informáticos de facturación y las tablas de retención aplicables para los agentes de percepción de los sectores afectados.

Consideraciones para la práctica profesional

Los profesionales independientes y departamentos de impuestos deben auditar de manera inmediata los sistemas de facturación de sus clientes. Es fundamental constatar que los parámetros de liquidación interna de los sistemas ERP reflejen las nuevas alícuotas a partir del período fiscalizado, evitando la percepción indebida del impuesto y la consecuente generación de saldos a favor de difícil recupero para los consumidores y empresas.

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